Se trata de la Asociación Lumen Dei, aprobada por el arzobispo de Valencia en 1975 y con sede en Madrid; la Unión Sacerdotal Lumen Dei, asociación pública de fieles erigida en la diócesis de Cuenca en 1986; y la Unión Lumen Dei, asociación privada aprobada en 1986 por el obispo de Cuenca, que es la que depende del Vaticano y de la que Sanz Montes fue nombrado comisario pontificio en 2009 por el cardenal Franc Rodé.
El auto recurrido explicaba que Sanz Montes solicitó al obispo de Cuenca un certificado en el que se hiciera constar que las tres asociaciones "eran lo mismo".
La jueza consideraba que no consta que hubiera un acuerdo entre Sanz Montes y José María Yanguas para que éste emitiera un certificado "que no se ajustara a la verdad" cuando el obispo de Cuenca certificó que las tres asociaciones "son lo mismo y que son conocidas por Lumen Dei".
Además, establecía que Sanz Montes "se limitó a actuar de acuerdo con los poderes que le habían concedido" en una escritura autorizada por notario que se basaba tanto en el nombramiento como comisario pontificio de Unión Lumen Dei como en la "aclaración" solicitada al obispo de Cuenca.
No obstante, las recurrentes inciden en que la Asociación Lumen Dei depende "única y exclusivamente" del Arzobispado de Valencia, por lo que el obispo de Cuenca "carece de toda autoridad y potestad para declarar la naturaleza de una asociación que no está bajo su jurisdicción".
Insisten en que, "por esta absoluta falta de jurisdicción y competencia, carece de absoluta validez el certificado del señor Yanguas en lo que se refiere a la Asociación Lumen Dei aprobada en Valencia".
Las recurrentes consideran que se produjo una "falsedad en escritura notarial" cuando Sanz Montes asumió su cargo como comisario pontificio, "atribuyéndose funciones sobre la Asociación Lumen Dei que no le correspondían, con conocimiento de su falsedad y temerario desprecio a la verdad".
La magistrada también llamaba la atención sobre el hecho de que Sanz Montes utilizó los documentos "que ahora se impugnan" para apoderar a varias personas en julio de 2009, "y ningún reparo pusieron los apoderados ni adujeron que el denunciado no pudiera actuar en nombre de la Asociación Lumen Dei o que los documentos que se presentaron a tal fin fueran falsos".
Frente a ello, las recurrentes exponen que las acciones contra Sanz Montes y Yanguas "se han iniciado una vez que han utilizado dicha escritura de aceptación del cargo para el tráfico jurídico, llevando a cabo apoderamientos a través de los cuales se está procediendo a la venta de los inmuebles propiedad de la Asociación Lumen Dei".
Esta es una de las diversas denuncias presentadas por las misioneras de esta asociación contra Sanz Montes.
Un juez de Barcelona suspendió hace unos días el desahucio de dos inmuebles de la Asociación Lumen Dei hasta que no se resuelvan los procedimientos judiciales abiertos en Madrid contra Sanz Montes por supuestas irregularidades en la gestión económica de la organización.
Las religiosas acusan a Sanz Montes de realizar ventas irregulares del patrimonio de la institución por 12,7 millones de euros, entre tres inmuebles de Barcelona, la sede de Madrid y un colegio de Pozuelo de Alarcón (Madrid). EFE