CEOE CEPYME Cuenca informa sobre el decreto que regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y pymes para fomentar el trabajo a distancia.
Mediante estas subvenciones el Gobierno Regional quiere apoyar a las empresas que transformen puestos de trabajo presenciales en puestos en los que la prestación laboral se realice a distancia o que se realicen contrataciones nuevas cuya prestación laboral se realice a distancia.
La Confederación de Empresarios de Cuenca, gracias a la colaboración de Globalcaja, ha mandado una circular para informas de estas ayudas a sus asociados.
La transformación o creación del nuevo puesto de trabajo debe realizarse desde el 1 de octubre el año anterior en el que se publica el crédito disponible para la anualidad, hasta el 30 de septiembre del año en que se publica esta resolución.
El Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca puntualiza que el trabajo a distancia es una forma de organizarse mediante el cual se presta este servicio con carácter regular en el hogar del trabajador u otro sitio elegido por él durante toda su jornada o parte de ella, mientras que el teletrabajo se refiere al uso exclusivo de medios y sistemas informáticos y telemáticos y por lo tanto se puede combinar con la presencialidad
El plazo máximo para presentar esta solicitud termina el próximo 30 de septiembre de 2022.
Cuantías
La cuantía máxima de las ayudas es de 700 euros por cada transformación de los puestos de trabajo presenciales en otros en los que la prestación se realiza a distancia, mientras que la ayuda puede alcanzar los 3.000 euros por la realización de una contratación nueva de un puesto de trabajo cuya prestación se realice a distancia.
Esta cuantía se incrementa un 20% en Cuenca porque la actividad subvencionada se ejecuta en un municipio de zona ITI (Inversión Territorial Integrada), una declaración que abarca toda la provincia.
Asimismo, esta cuantía se incrementa un 20% si el puesto de trabajo lo ocupa una mujer y si se trata de una persona con discapacidad con grado de minusvalía reconocido, igual o superior al 33% que requiera adaptación para el desempeño del trabajo a distancia.