La Junta General de la Junta de Cofradías ha dado también un nuevo paso en la integración de Las Turbas de Cuenca en la asamblea nazarena, al aprobar el inicio de la reforma estatutaria necesario para llevarla a cabo. Según ha explicado el presidente de la JdC, la inclusión de Las Turbas de Cuenca en el máximo órgano de decisión de la institución nazarena requiere de la modificación de tres artículos de los actuales estatutos.
Así pues, la aprobación de la reforma por parte del órgano competente retoma el proceso iniciado en 2018 y que se ha visto retrasado a causa de la pandemia. La aprobación de la Concordia en la Junta General de la JdC celebrada en enero de 2018 y la posterior ratificación en febrero del mismo año, en acto conjunto, por parte de la JdC, el Obispado y Las Turbas de Cuenca, tiene ahora continuidad con la acción tomada en la asamblea de este jueves.
La Concordia aprobada en 2018 establece que la Junta de Cofradías reconoce la personalidad jurídica otorgada a las Turbas de Cuenca en el actual reglamento. De este modo, una vez se complete el proceso de integración en la Junta General, las Turbas de Cuenca “serán convocadas por el órgano competente de la Junta de Cofradías que trate cualquier asunto relacionado con la Procesión Camino del Calvario”, así como la JdC “citará, en tiempo y forma, a las Turbas de Cuenca a cuantas Juntas Generales celebre” y “cursará invitación al Secretario-Presidente de la Junta Regidora de las Turbas de Cuenca a cuantos actos sean organizados por esta”, tal y como se recoge en el texto.
Por su parte, las Turbas de Cuenca “colaborarán económicamente conforme al presupuesto general aprobado anualmente por los órganos de gobierno de la Junta de Cofradías” y se comprometen “a adoptar cuantas medidas sean oportunas para el buen funcionamiento de la Procesión Camino del Calvario, siempre en coordinación con la Junta de Cofradías, así como a responsabilizarse de todos aquellos turbos acreditados que hagan una inadecuada interpretación del rito de las Turbas de Cuenca”. El último punto de la Concordia establece que la misma “podrá ser derogada por cualquiera de las partes firmantes si entendiesen que los fines pretendidos por el Reglamento de Las Turbas de Cuenca no son cumplidos”.