Este viernes ha salido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el texto del convenio colectivo del transporte de mercancías por carretera de la provincia de Cuenca.
Se culmina un proceso que se inició con las negociaciones a principios de 2020, se llegó a un acuerdo en julio de 2021, se firmó por los representantes del Sector de Carretera y Logística de la FSC CCOO, de la UGT y de Asociación Provincial de Empresarios de Transportes de Mercancías de Cuenca (ACUTRANS), en septiembre en la sede del Jurado Arbitral Laboral de la Delegación provincial de Empleo, y después de haber sido requerido por la Inspección de Trabajo se subsanaron algunas cuestiones y contenidos.
Un nuevo convenio del Transporte de Mercancías por carretera de la provincia de Cuenca, que afecta a más de 3.500 personas, y a las empresas del ámbito provincial que desarrollen actividades de transporte de mercancías, incluidas las actividades de mensajería y de logística, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
Las subidas que recoge el convenio en sus tablas salariales van del 2% desde julio de 2021, otro 2% para el año 2022 y 1,5% para el año 2023. El artículo 41 dice que “Los atrasos derivados de la firma del presente convenio se harán efectivos por las empresas dentro del mes siguiente al de publicación del presente Convenio”, por eso desde CCOO se pide a las personas trabajadoras vinculadas a este convenio, “que revisen sus nóminas desde julio del año pasado para comprobar si se ha aplicado el convenio, y para que estén atentos y exijan el abono de los atrasos en el plazo recogido”.
El convenio garantiza, con un complemento SMI, que ningún trabajador/a que se le aplique este convenio se quede por debajo de este mínimo parámetro salarial que está en los 965 euros/mes desde septiembre, y si finalmente hay subida del SMI, como plantea las organizaciones sindicales con el objetivo de 1.000 euros/mes para 2022, tendrá que incrementarse este complemento.
También desde CCOO ha incidido en la aparición en el nuevo convenio de la posibilidad de negociar, en el seno de las empresas, un complemento de tiempos de presencia y trabajos auxiliares para los trabajadores con categoría y funciones de conductor o conductor-mecánico, y que sean los sindicatos más representativos los que tengan esa capacidad de negociación si en la empresa no existe representación legal.
Sin olvidar la actualización y alguna mejora en materia de permisos retribuidos, así como derechos para la conciliación laboral y familiar, negociación y elaboración de planes de igualdad, obligación del registro de jornada y respeto a los descansos obligatorios, formación de reciclaje (CAP y ADR) a cargo de la empresa, seguro de accidentes de 30.060 euros para los que deriven en incapacidad permanente o muerte, complemento por enfermedad, medidas contra el acoso por razón de sexo o derechos y garantías de la representación legal de las personas trabajadoras, etc.