La Confederación de Empresarios de Cuenca indica a sus empresarios como se debe aplicar el IVA a las mascarillas tras la publicación en el BOE del Decreto Ley sobre medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético y en materia tributaria.
Esta publicación del BOE también incluye otros aspectos que el Departamento Jurídico ha compartido con los asociados de CEOE CEPYME Cuenca como la posibilidad de celebrar juntas de empresas por videoconferencia, aunque no lo recojan los estatutos y la ampliación de la fecha limite para cambiar pesetas por euros.
En lo referente a las mascarillas se aplicará un IVA del 4% sobre el impuesto de valor añadido a las entregas, importaciones, adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas desechables desde el 19 de noviembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021
En este aspecto, el Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca aclara que esta reducción del Impuesto de Valor Añadido solo se aplicará a las mascarillas desechables, quedando fuera de esta rebaja las FFP2; NK95, etc.
Igualmente, desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 30 de abril de 2021 se aplicará un 0% de IVA a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes recomo mascarillas de todo tipo, respiradores, monos de protección y otros materiales sanitarios cuyos destinatarios sean entidades de derecho público, clínicas o centros hospitalarios y entidades de carácter social.
Juntas por videoconferencia
CEOE CEPYME cuenca también señala que excepcionalmente durante el año 2021 podrán celebrarse juntas por videoconferencias, aunque no lo prevean los estatutos, pudiendo las Sociedades anónimas realizarlas por medios telemáticos y el voto a distancia, así como celebrarla en cualquier punto del territorio nacional.
En cuanto a las sociedades de responsabilidad limitada, las personas jurídicas de derecho privado y las fundaciones podrán celebrar las juntas por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple, siempre que las personas que tuvieran derecho de asistencia o quienes los representen dispongan de medios necesarios, el secretario reconozca su identidad y así lo expresa en el acta, que se remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico.
Euros por pesetas
Por otro lado, este Decreto Ley establece que el período de cambios de billetes y monedas de pesetas a euros en el Banco de España finaliza el 30 de junio de 2021, ampliándose este período y después de esa fecha no será posible realizar esta operación.