Al igual que hace unas semanas se publicaba en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) la convocatoria de ayudas por importe de 250.000 euros destinada a Ayuntamientos para la mejora o creación de escuelas infantiles municipales, la Diputación de Cuenca ha hecho lo propio este lunes, último día del año, con otra convocatoria de subvenciones para los ejercicios 2018 y 2019, esta vez dirigida a particulares y por importe de 200.000 euros, para la puesta en marcha de casas nido dedicadas a la atención de niños y niñas de hasta tres años en municipios inferiores a 20.000 habitantes.
Una línea de ayudas con la que la Diputación, tal y como ha recalcado el diputado de Servicios Sociales, Francisco Javier Doménech, busca no solo fomentar la puesta en marcha de este tipo de recursos en municipios de la provincia, que por su escasez de población carecen de servicios de atención continuada a la infancia de hasta tres años, sino también apoyar la conciliación de la vida familiar, laboral y social, mejorando las condiciones de vida de los ciudadanos y, en consecuencia, propiciando el afianzamiento de la población en el territorio. Todo ello sin olvidar, a su juicio, que con la implantación de este tipo de recursos asistenciales se fomenta las fórmulas del autoempleo y de economía social, que han demostrado ser eficaces para la dinamización de la economía local, la creación de oportunidades vitales para retener y atraer población joven al medio rural y, en consecuencia, también para combatir la despoblación de nuestro territorio.
Requisitos
A estas ayudas, con las que se podrá incluso financiar hasta el 100% de la inversión solicitada con un máximo de 30.000 euros por casa nido, podrán acceder las personas físicas que se establezcan como empresarios autónomos o las cooperativas de trabajo asociado que cumplan, eso sí, una serie de requisitos básicos, como por ejemplo, estar en posesión o contar cuando menos con una persona socia que lo esté en el caso de trabajo asociado, de cualquiera de las titulaciones o equivalentes, tales como. Técnico/a Superior en Educación Infantil, Grado en Maestro/a de Educación Infantil/ Educación Primaria, Grado en Pedagogía, Psicología o Educación Social o formación acreditada en áreas relacionadas con la atención a la infancia y cuidados infantiles, o experiencia profesional acreditada en este ámbito.
Pero también para ser beneficiario deberá tener su residencia en un municipio de la provincia de Cuenca de menos de 20.000 habitantes, contar con un inmueble, propio o en alquiler o cesión en una localidad de este tipo, disponer de un plan de actuación con los niños para atender eventuales emergencias en la casa nido y tener contratada una póliza de seguro que cubra las contingencias por responsabilidad civil y por accidentes, en el que se incluya también la asistencia sanitarias para los menores.
Pero, al igual que los beneficiarios deben de cumplir una serie de condicionantes, las casas nido no serán menos y, entre otros requisitos, deberá contar con una sala con iluminación y ventilación naturales directas y un mínimo de 20 metros cuadrados, distribuida y organizada con criterios de flexibilidad para dar respuesta a las distintas necesidades de los/as niños/as de 0-3 años, otras dos zonas, una para el descanso y otra para la higiene infantil, así como una zona más para la preparación, almacenamiento y conservación de alimentos dotada, al menos, de un mesado, frigorífico, fregadero y microondas; eso sí, todas estas estancias dispuestas en una sola planta.
En esta línea, tal y como ha resaltado el diputado, no se puede olvidar la obligación de que en el municipio donde ubicar la casa nido debe de existir un mínimo de dos potenciales usuarios o usuarias y que éstos estén empadronados en el municipio de este recurso o en uno limítrofe, ambos de la provincia de Cuenca.
Estas casas nido, según se recoge en la convocatoria, tendrán un máximo de cinco plazas y los servicios prestados incluirán el servicio de comida, la higiene de los niños y niñas y el desarrollo de actividades de tipo educativo, como talleres y juegos y acompañamiento en el juego libre.
Los interesados en estas ayudas podrán presentar la correspondiente solicitud en cualquiera de los lugares contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Y para ello dispondrán de un plazo de diez días naturales, a contar desde este martes, 1 de enero de 2019, y si el último día de plazo fuese inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.