Publicada en el DOCM la Ley de Gestión y Organización de la Administración, que mejorará la eficiencia de su funcionamiento
La Ley avanza en la calidad de los servicios públicos que presta la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a los ciudadanos y, a su vez, simplifica el funcionamiento de la Administración regional, mediante una reorganización administrativa y del sector público sectoria
miércoles 06 de septiembre de 2017, 12:01h
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica hoy la Ley en Materia de Gestión y Organización de la Administración y otras Medidas Administrativas, una norma quemejora la eficiencia en la gestión de los recursos públicos y, por lo tanto, tendrá un impacto social beneficioso para los ciudadanos.
La Ley, que tal como se recoge en el DOCM entrará en vigor en 20 días, tiene un carácter estrictamente técnico y administrativo y contempla multitud de materias, afectando, por lo tanto, prácticamente a todas las consejerías.
Se trata de una Ley que avanza en la calidad de los servicios públicos que presta la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a sus ciudadanos y, a su vez, simplifica el funcionamiento de la Administración regional, mediante una reorganización administrativa y del sector público sectorial.
La Ley, que fue aprobada por las Cortes regionales el pasado día 1 de septiembre, supone la adaptación del nuevo marco normativo del Estado a la Comunidad Autónoma, tras la entrada en vigor el pasado año de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Así, de acuerdo con la preferencia del medio electrónico que se recoge en ambas normas estatales, la Ley en Materia de Gestión y Organización de la Administración y otras Medidas Administrativas establece las notificaciones electrónicas como medio preferente de comunicación entre la Administración y los ciudadanos, evitando que tengan que desplazarse a las instituciones para la tramitación de sus asuntos, y agilizando las actuaciones y resoluciones administrativas.
Por otro lado, se regula la duración máxima de los procedimientos sancionadores, elevando hasta nueve meses el plazo máximo para notificar la resolución expresa de los procedimientos sancionadores, y el porcentaje de reducción de las sanciones en tales procedimientos. Asimismo, se establece en la presente ley el plazo máximo para la resolución de procedimientos de imposición de penalidades, resolución de contratos, incautación de garantías y determinación de la responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
Igualmente, la nueva Ley dotará de mayor agilidad al procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y acceso a los servicios y prestaciones del Sistema de Atención a la Dependencia.
También garantizará que las actuaciones de emergencia ciudadana reguladas tengan un carácter prioritario en su tramitación y resolución sobre el resto de sus competencias, tanto por los órganos gestores como por los fiscalizadores.
Por otro parte, la Ley en Materia de Gestión y Organización de la Administración y otras Medidas Administrativas aborda una serie de modificaciones de leyes sectoriales de la Comunidad Autónoma para adaptar determinados aspectos de su articulado a la situación actual e incrementar su eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios y en la gestión de los recursos económicos.
En primer lugar, se modifica la Ley 8/1999 de Ordenación del Turismo en Castilla-La Mancha, fundamentalmente para adaptar el sector al modelo de mercado único.
En segundo lugar, se modifica la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (LOTAU) para introducir nuevas figuras, como es el aprovechamiento preexistente, para agilizar los instrumentos de planeamiento de los municipios, o el concepto de complejo inmobiliario.
Finalmente, se aborda una nueva regulación que otorga mayor efectividad al servicio de emergencias del 1-1-2, garantizando la confidencialidad de las comunicaciones y la protección de los datos personales de los usuarios. Así, se establece que las grabaciones de las llamadas recibidas en el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias de Castilla-La Mancha se conserven un máximo de dos años, salvo que el incidente esté bajo proceso judicial cuya duración supere el citado plazo, ya que entonces las llamadas se conservarían hasta que existiera una resolución judicial firme.