El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha establecido que los trabajadores tienen derecho a cinco días de permiso por enfermedad o hospitalización de familiares, sin importar la duración final. La sentencia apoya a UGT, que denunciaba prácticas empresariales restrictivas, y refuerza los derechos laborales en la región.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha reconocido el derecho de un trabajador de disponer de cinco días de permiso por enfermedad de familiar u hospitalización, con independencia de su duración final.
UGT Castilla-La Mancha ha informado en una nota de prensa de la sentencia de la Sala de lo Social del TSJCM, que da la razón al sindicato, que había denunciado que una empresa solicitaba justificantes diarios a sus trabajadores que solicitaban un permiso de cinco días por enfermedad u hospitalización de familiares y que, además, denegaba el permiso en el que el paciente era dado de alta aunque no hubieran transcurrido los cinco días.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el trabajador tiene derecho a los cinco días de permiso, una vez preavisada y justificada la concurrencia del hecho causante, es decir, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de familiares hasta de segundo grado o pareja de hecho o cónyuge de la persona trabajadora.
Y ello, "con independencia de su duración final, aunque sea inferior a cinco días", ya que en concreto la sentencia recoge que "cada uno de los trabajadores pueda ausentarse del trabajo y disfrutar del permiso retribuido".
Asimismo, incide en que dicho tiempo de permiso no queda supeditado a "la mayor o menor dilación de la necesidad de hospitalización o asistencia en el domicilio", del mismo modo que añade que "ni la mayor extensión de tales periodos justificarían la ampliación de los días concedidos, ni el hecho de que los mismos fuesen inferiores permitan a la empresa imponer la reducción de los días concedidos".
Para UGT, esta sentencia "supone un avance en los derechos de los trabajadores de la región permitiendo que en todos los ámbitos de actividad las personas trabajadoras puedan hacer uso de este permiso que les corresponde por ley".
Además, ha valorado que el fallo del TJSCM "abre la puerta a que todos los colectivos que puedan verse afectados por decisiones empresariales restrictivas puedan acudir a los tribunales para hacer valer este derecho".