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Se constituye la mesa negociadora del II convenio colectivo del SPEIN con reivindicaciones laborales
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Se constituye la mesa negociadora del II convenio colectivo del SPEIN con reivindicaciones laborales

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
lunes 03 de febrero de 2025, 23:54h

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El 23 de enero se constituyó la mesa negociadora del II convenio colectivo del SPEIN, donde el Comité de Empresa planteó mejoras como dotaciones mínimas de bomberos, subida al grupo III, aplicación de legislación laboral, regulación de incapacidad permanente y eliminación de discriminaciones salariales. Se espera avanzar en derechos laborales.

El pasado 23 de enero se constituyó la mesa negociadora del II convenio colectivo del SPEIN, con la participación por la parte social de los cinco miembros del Comité de Empresa (2 de CCOO, 2 de SPPBL y 1 de UGT), más un asesor de CCOO-FSC, y por la Diputación de los diputados del equipo de gobierno del PSOE y del PP, así como el actual Coordinador-Jefe del SPEIN.

Para el Comité de empresa hay una serie de “puntos imprescindibles para conseguir una verdadera paz social y un Servicio de Bomberos competente y a la altura de los del resto de la región”. En primer lugar, establecer la dotación mínima para los parques de Motilla y Tarancón en 5 bomberos (1 Bombero Mecánico-Conductor, 1 Jefe de Turno y 3 Bomberos-Mecánicos). En el convenio laboral del antiguo Consorcio del año 2010, ya se firmó una dotación mínima de 5 bomberos y en el convenio vigente, firmado en 2021, en su Disposición Adicional Novena, dice textualmente: ”De este modo se podrían mantener los servicios mínimos con cinco bomberos por guardia, para los años 2023 y siguientes”.

Una segunda cuestión importante para el Comité de Empresa es la subida al grupo III, equivalente al C1 de funcionarios. En el I Convenio, en su Disposición Adicional Segunda ya dice literalmente que: “Se establece el compromiso de las partes y previa habilitación legal, para que las categorías de Cabo Jefe de Turno y Bombero-Mecánico-Conductor puedan acceder al subgrupo C1, a través de promoción interna”. El resto de servicios de bomberos del Estado y de Castilla-La Mancha ya han hecho el paso a este grupo.

El Comité de Empresa manifiesta que “es necesaria la aplicación correcta de la legislación vigente tanto a nivel europeo (Directiva 2003/88/CE), como nacional (RD 311/2016), de Prevención de Riesgos laborales para la especial protección de los trabajadores nocturnos, con la consiguiente aplicación de coeficientes de reducción nocturna, para los bomberos del SPEIN. Igualando al resto de servicios de bomberos, preocupados, por la salud y la eficiencia de sus trabajadores”.

Otra de las prioridades del Comité de Empresa en esta negociación es la aprobación del reglamento que recoja las situaciones de Incapacidad Permanente. “Hace más de dos años que se aprobó en Comisión Paritaria un reglamento que regula situaciones específicas de Incapacidad Permanente para el puesto de Bombero, pero la administración ha hecho caso omiso, y no ha ido hacia delante en un tema urgente, y prioritario para el Servicio, y por tanto debería estar incluido en el desarrollo del nuevo convenio”.

También se va a plantear eliminar la clara discriminación entre el personal del SPEIN y el resto de personas trabajadoras de la Diputación provincial, a la hora de percibir el Fondo de Acción Social. Es un “total despropósito”, sobre todo cuando en el artículo 44 del actual convenio se dice textualmente: “Este concepto se adaptará a las condiciones del resto del personal de Diputación cuando las disposiciones legales lo permitan”. Y en la Disposición Adicional Octava se recoge literalmente que: “En el momento que la normativa legal lo permita, los trabajadores/as, percibirán las misma cuantías de fondo social, plan de pensiones que el resto de las personas trabajadores de Diputación”.

En materia salarial se plantea desde el Comité la inclusión dentro de las pagas extraordinarias del concepto complemento de disponibilidad y aumento de jornada. “Este exceso de jornada, como bien dice el punto 3º del artículo 38 tiene carácter salarial y consolidable” Asimismo, es obligatorio para todos los trabajadores.

No renuncia tampoco a la funcionarización del personal. Además de estar incluida como prioridad en el I Convenio Laboral del Consorcio Cuenca 112, del año 2001, en el actual y vigente Convenio laboral en la Disposición Adicional Primera se dice textualmente; “Se establece la voluntad entre las partes de promover un período de negociación para el estudio del proceso de funcionarización de todo el personal laboral en un plazo de dos meses”. Desde entonces no ha habido una sola reunión al respecto.

Y por último, la elaboración de los procedimientos de actuación conforme a las medidas de seguridad que establece la legislación vigente, y el artículo 12 del convenio vigente.

Partiendo de estas reivindicaciones y esperando el avance en la negociación, reunión a reunión, el Comité de empresa se muestra confiado en obtener las mayores mejoras y avances en derechos laborales y salariales, y tomando las palabras del presidente de la Diputación, Álvaro Martínez, en el último pleno donde se aprobaron inicialmente los presupuestos de la entidad provincial, en el que afirmó que “el Servicio de Bomberos es prioritario para el equipo de Gobierno” y reiterando su compromiso de cumplir con la palabra dada para que se pueda llegar al quinto bombero en los parques de Motilla y Tarancón y continuar dando pasos para la puesta en marcha de los parques de Cañete y Priego.

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