Cuenca

La Confederación de Empresarios avisa de las novedades en materia laboral y de seguridad social

(Foto: CEOE CEPYME ).
Redacción | Martes 01 de febrero de 2022

La Confederación de Empresarios de Cuenca avisa de las novedades y cambios en materia laboral que se van a establecer con la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022.

En este sentido, el Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca ha avisado de las distintas novedades en materia laboral y de Seguridad Social que se ponen en marcha.

Así, queda modificado el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, no pudiendo exceder las aportaciones y contribuciones anuales máximas individuales de los 1.500 euros, incrementándose el límite hasta los 8.5000 euros si proviene de contribuciones empresariales.

Además, las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional dispondrán de un crédito de formación en función del número de trabajadores, manteniéndose los límites porcentuales y cuantías del crédito del que disponen.

Por otro lado, quedan aplazados indefinidamente las medidas aprobadas en relación con el trabajo a tiempo parcial de los trabajadores autónomos y se modifica la reducción de jornada para el cuidado de menores afectados de cáncer ampliando dicha medida hasta que los enfermos cumplan 23 años.

Asimismo, se prevé la suspensión de la aplicación del sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a empresas en las que haya disminuido considerablemente la siniestralidad laboral.

Bases y tipos de cotización

Las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo y Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional mantienen el tope máximo de la base de cotización para 2021 en 4.139,40 euros mensuales.

En cuanto a los tipos de cotización del Régimen General de la Seguridad Social, no hay modificaciones respecto a lo aplicado en 2021, salvo en lo que respecta a autónomos que sufrió una modificación al alza el pasado 1 de septiembre.

Las bases mínimas de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementará en el mismo porcentaje que aumente el Salario Mínimo Interprofesional.

La base mínima de cotización para el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o autónomos será de 960,60 euros y la base máxima de este régimen se fija en 4.139,40 euros mensuales.

El interés legal del dinero se fija en el 3% y el interés de demora en el 3,75%, mientras que el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá una cuantía de un importe diario de 19,30,30, mensual del 579,02 y anula de 6.948,24 euros.

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