El Grupo Popular ha dado a conocer hoy que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 ha declarado nulo el “intento de enchufe” de trabajadores de la empresa municipal SIM en la Gerencia Municipal de Urbanismo que aprobó el equipo de Juan Ávila en Junta de Gobierno Local, el pasado 4 de julio de 2012 a través de una encomienda de gestión.
En el recurso presentado por el PP se ponía de manifiesto que con la encomienda de gestión del servicio de disciplina urbanística de la GMU al SIM, se pretendía enchufar a trabajadores de la empresa sin que tuviesen que pasar proceso selectivo alguno.
En esta sentencia de 21 de mayo de 2013, el juez considera que “existe una falta de justificación y concreción de la encomienda de gestión acordada, sin la existencia de informes o estudios que avalen la misma, así como de la falta de capacidad de la GMU y correlativa capacidad del SIM para llevar a cabo dicha gestión”. A lo que añade el texto que, esto “unido a una falta de concreción en la forma de llevar a cabo dicha gestión dentro del SIM, precisando los medios económico y temporal de dicha encomienda y la forma de cumplir la previsión contenida en al artículo 41 Decreto 34/11, son razones que determinan en el presente caso, junto con otros de tipo formal (falta de publicación) […] la declaración de nulidad del acuerdo impugnado”.
Tras conocer esta sentencia, los populares se muestran muy satisfechos, puesto que este fallo evidencia que Ávila quiso “meter por la puerta de atrás” a trabajadores sin respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, necesarios para la selección de cualquier empleado público.
El Grupo Popular presentó este recurso en septiembre del año pasado, tras haber registrado una alegación unos meses antes que no fue tenida en cuenta por el Equipo de Gobierno de Juan Ávila. Sin embargo, el recurso sí fue admitido por el juez. En él describían que el acuerdo tomado por la Junta de Gobierno no era ajustado al derecho, ya que es perceptivo que el personal de Inspección cuente necesariamente de la condición de funcionario y esté provisto de un documento oficial que acredite esta condición. En el caso de los empleados del SIM, no ostentaban la categoría de funcionarios, al ser meros trabajadores de una empresa municipal.
En su sentencia, el juez también indica que no se ha acreditado la falta de capacidad de la GMU para desarrollar la actividad que ha venido realizando durante varios años, en la gestión de los servicios de disciplina urbanística, y por ende, la correlativa acreditación de la capacidad del SIM de llevar a cabo dicha gestión. Según el fallo, no existe informe o estudio alguno que justifique la encomienda acordada salvo una propuesta del concejal de personal sin más precisión.
El PP afirma que esta sentencia es una muestra más de la forma de gestionar el personal que tiene el alcalde: enchufando a trabajadores sin pasar las pruebas selectivas oportunas como si el ayuntamiento fuera su cortijo; manteniendo paralizados procesos selectivos de forma arbitraria con sentencias en contra; nombrando a un director general encubierto que cobra más de 75.000 euros, y además está condenado por un incidente con dos policías locales; y despidiendo a trabajadores de diversas áreas.