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CEOE CEPYME Cuenca traslada las ayudas para que las empresas de la provincia fortalezcan su comercialización

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
domingo 28 de agosto de 2022, 10:00h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca traslada a las empresas la orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización de las empresas en Castilla-La Mancha, cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Estas ayudas tienen como finalidad facilitar financiación para el crecimiento en mercados nacionales y para la mejora de la posición competitiva mediante su participación como expositor con un stand propio en ferias comerciales que se celebran dentro del territorio nacional e incentivando proyectos que tengan como objetivo la apertura de nuevos mercados o la mejora de comercialización de sus productos o servicios.

Dentro de la segunda línea se considerarán actuaciones subvencionables aspectos como la realización de estudios de mercado, la elaboración de planes de marketing, la realización de campañas publicitarias, el diseño y la elaboración del prototipo de muestrario para el lanzamiento de nuevos productos y la celebración de eventos.

El coste de estos proyectos no podrá ser inferior a límite mínimo de coste aprobado subvencionable de 2.000 euros en su conjunto y podrán comenzar a partir de la fecha de presentación de solicitud, acreditándose que no se han iniciado anteriormente mediante presentación de una declaración responsable, teniendo como plazo de ejecución la duración máxima de un año.

Presentación de solicitud

El plazo de presentación de la solicitud será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario oficial de Castilla-La Mancha, teniendo que presentarse de forma telemática con firma electrónica a través del formulario de la sede electrónica de la Junta de Comunidades, www.jccm.es.

La ayuda total de minimis que puede percibir una misma entidad beneficiaria no podrá ser superior a 200.000 euros contabilizados al lago del período que comprende el ejercicio económico en curso y los dos ejercicios anteriores.

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