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La Confederación de Empresarios recuerda que cada empresa tiene que llevar un registro de jornada y un calendario laboral
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La Confederación de Empresarios recuerda que cada empresa tiene que llevar un registro de jornada y un calendario laboral

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
miércoles 05 de enero de 2022, 00:18h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca recuerda con el inicio del año a las empresas que cada una de ellas debe llevar un registro de jornada y un calendario laboral.

Así, el Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca informa de que este calendario debe exponerse en un lugar visible de la empresa donde deben figurar los días de trabajo efectivo y el horario diario.

Por este motivo, con la colaboración de Unicaja Banco, la Confederación de Empresarios de Cuenca ha enviado y puesto a disposición de las empresas un calendario laboral donde estando los festivos, pero debe completarse por cada empresa en base a la jornada máxima anual que establezca su convenio colectivo, así como su horario de trabajo.

Convenios colectivos

CEOE CEPYME Cuenca señala que es el convenio colectivo el que debe marcar la jornada de trabajo de los empleados pudiéndose hacer un cómputo anual, mensual o diario.

La jornada de trabajo nunca podrá se superior a las 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, lo que significa que la jornada máxima legal establecida es de 1.826 horas y 27 minutos, no pudiendo establecer ni convenios ni contratos una jornada superior.

El tiempo efectivo de trabajo es el que cada trabajador está en el ejercicio de su actividad y de sus funciones, considerándose así los permisos retribuidos, situación de Incapacidad Temporal, formación en PRL y adaptación al puesto de trabajo, permisos de acción sindical y tiempo en el reconocimiento médico de la empresa.

Por otra parte, no se considerarán tiempo efectivo de trabajo las vacaciones, los festivos que son 14 al año según marca el calendario laboral, los descansos semanales establecidos por cada empresa, tiempo de disponibilidad y permisos no retribuidos.

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