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CEOE CEPYME Cuenca defiende que el nuevo acuerdo sobre los erte se adecúa a los que necesitan las empresas
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CEOE CEPYME Cuenca defiende que el nuevo acuerdo sobre los erte se adecúa a los que necesitan las empresas

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
viernes 28 de mayo de 2021, 13:00h

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La Confederación de Empresarios de Cuenca defiende que el nuevo acuerdo alcanzado sobre los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo logra adecuarse a las necesidades de las empresas.

De este modo, CEOE CEPYME Cuenca celebra un nuevo consenso en este sentido entre CEOE, sindicatos Comisiones Obreras y UGT, y el propio Gobierno que amplia esta figura hasta el próximo 30 de septiembre.

En este sentido, la Confederación de Empresarios de Cuenca quiere recordar que ha sido el Comité Ejecutivo de CEOE el que ha aprobado este acuerdo por unanimidad en una reunión de carácter extraordinario al entender que se plasmaban las necesidades del tejido productivo.

CEOE CEPYME Cuenca coincide con CEOE en que se tienen en cuenta a las empresas que más necesidades tienen, que mantendrán unas exoneraciones elevadas si siguen en ERTE, incorporándose ahora a propuesta del Gobierno, no de la organización empresarial, otras ventajas para aquellas que reincorporen trabajadores a su plantilla.

Ahora, la Confederación de Empresarios de Cuenca señala que habrá que ver la evolución de la pandemia y de la economía en los meses de verano, coincidiendo con CEOE en que serán esos factores los que se evalúen para ver si es necesario prolongar los ERTES cuando acaben los actuales el 30 de septiembre o se apuesta por otras medidas.

Cese de actividad de los autónomos

La Confederación de Empresarios de Cuenca señala que dentro de este nuevo acuerdo de los ERTES va incluida también la ampliación del cese de actividad de los autónomos, fundamental para estos empresarios.

En este caso recuerdan que en todo caso se tiene que producir una caída de facturación del 50% y tener rendimientos inferiores a 7.900 euros en el segundo y tercer trimestre en el caso del ordinario o menor del salario mínimo cuando el cese de actividad sea extraordinario.

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