La orden que flexibiliza las actividades permitidas en la fase 1 de la desescalada por el coronavirus, a la que accederán los territorios autorizados este viernes por el Gobierno, determina la reapertura de numerosas instalaciones y servicios con determinadas condiciones.
Las principales medidas de la orden, publicada este sábado en el BOE, son las siguientes:
MEDIDAS DE CARÁCTER SOCIAL
- Reuniones de un máximo de diez personas.
- Posibilidad de movilidad entre municipios colindantes para actividades socioeconómicas.
- Velatorios con límite de 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados.
- Máximo de 15 personas en entierros o incineraciones además del oficiante en el caso de los ritos funerarios.
- Asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.
- No se permitirá el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa.
- Se prohíbe la distribución de cualquier objeto, libros o folletos, así como tocar o besar objetos de devoción, y no está permitida la actuación de coros.
LOCALES COMERCIALES
- Podrán abrirse todos los locales con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados excepto los que se encuentren dentro de centros o parques comerciales.
- Reducción del aforo al 30 por ciento
- Dos metros entre clientes. Si no es posible mantener esa distancia, sólo un cliente dentro del local.
- Horario de atención prioritario para mayores de 65 años
- Reapertura con cita previa de concesionarios de automoción, centros de ITV, locales de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta.
- Apertura de entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal excepto las que se encuentren en centros comerciales.
- Mercados al aire libre si así lo deciden los ayuntamientos correspondientes.
TERRAZAS DE HOTELES, BARES Y RESTAURANTES
- Apertura de terrazas al 50 por ciento de las mesas que tenga permitidas.
- Ocupación máxima de 10 personas por mesa.
- Se evitarán cartas de uso común, optando por dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.
SERVICIOS SOCIALES
- Apertura de centros y servicios de usos sociales con las medidas de seguridad previstas, pero priorizando la vía telemática cuando sea posible.
- En todo caso, se garantizará la disponibilidad de acceso a los servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.
CENTROS EDUCATIVOS
- Reapertura de los centros educativos y centros universitarios para su desinfección, acondicionamiento y para funciones administrativas.
- Limitación al máximo posible del empleo de documentos en papel.
- Podrá procederse a la apertura de los laboratorios universitarios para las labores de investigación que les son propias.
CIENCIA E INNOVACIÓN
- Se permiten congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación con un máximo de 30 asistentes.
BIBLIOTECAS
- Reapertura de bibliotecas para préstamo y devolución de obras y lectura en sala
- No se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos para el público
- En bibliotecas especializadas o con fondos antiguos, únicos, especiales o excluidos de préstamo domiciliario se permite la consulta con reducción de aforo y sólo en los casos en que se considere necesario.
- Una vez consultadas las obras permanecerán catorce días si poder utilizarse.
MUSEOS
- Los museos podrán abrir reduciendo a un tercio el aforo de cada una de sus salas.
- Inhabilitación de elementos de uso táctil y audioguías y folletos en sala.
- Las visitas serán individuales, entendiendo como tales tanto la visita de una persona como la de una unidad familiar o unidad de convivencia análoga.
- El servicio de consigna no estará disponible.
PRODUCCIÓN Y RODAJE DE OBRAS AUDIOVISUALES
- Realización de la mayoría de las actividades de producción siempre que se cumplan las medidas higiénico-sanitarias.
- Se podrán realizar rodajes en platós y espacios privados, así como en espacios públicos que cuenten con la correspondiente autorización del ayuntamiento.
ACTOS Y ESPECTÁCULOS CULTURALES
- Reapertura de locales en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales sólo para un tercio de su aforo y siempre que no se superen las 30 personas en lugares cerrados y 200 al aire libre.
- No se entregará libreto ni programa ni otra documentación en papel.
- No se prestarán servicios complementarios como tiendas, cafetería o guardarropa.
ACTIVIDAD DEPORTIVA PROFESIONAL Y FEDERADA
- Apertura de los Centros de Alto Rendimiento.
- Sólo podrá acceder con los deportistas un entrenador.
- Entrenamientos preferentemente de forma individual.
- Los clubes deportivos o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos en grupos de hasta diez deportistas.
- A las sesiones de entrenamiento no podrán asistir medios de comunicación ni contarán con presencia de personal auxiliar o utilleros.
- Apertura de las instalaciones deportivas al aire libre con cita previa.
HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS
- Apertura de hoteles y alojamientos turísticos, que podrán prestar servicio de restauración sólo a sus clientes hospedados.
- No está permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas o salones de eventos
- Se limpiarán y desinfectarán al menos cada dos horas todos los objetos y superficies de las zonas de paso susceptibles de ser manipuladas o contaminadas por diferentes personas.
TURISMO ACTIVO Y DE NATURALEZA
- Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta diez personas.