La Confederación de Empresarios de Cuenca está informando a sus empresas sobre una resolución sobre cuantías en materia de aplazamientos en el pago d deudas con la Seguridad Social.
En este aspecto, el Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca ha señalado que el 9 de abril se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la resolución del 6 de abril de la Tesorería General de la Seguridad Social en este sentido.
Por este motivo, la Confederación de Empresarios de Cuenca ha mandado una circular a sus asociados con estos cambios fijados en la Resolución de 16 de julio de 2004 sobre determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria de la Seguridad Social y en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004.
CEOE CEPYME Cuenca avisa de que esta resolución entra en vigor desde el mismo día de su publicación.
Modificaciones
CEOE CEPYME Cuenca aclara que por un lado se ha modificación quién es el competente según la cuantía para la concesión de aplazamientos en el pago de las deudas con la Seguridad Social.
Por otro lado, el Departamento Jurídico señala que no será necesaria la constitución de garantías para asegurar el cumplimento del aplazamiento cuando el total de la deuda se igual o inferior a 15.000 euros.
Tampoco será necesaria esta constitución de garantías cuando sea inferior a 250.000 euros y se exija el ingreso del tercio de la cuantía antes de que transcurran diez días desde la notificación de la concesión y el resto los dos años siguientes.