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Diputación ayuda a los Ayuntamientos con 55.000 € para el mantenimiento de los agentes de Empleo y Desarrollo Local
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Diputación ayuda a los Ayuntamientos con 55.000 € para el mantenimiento de los agentes de Empleo y Desarrollo Local

Por Redacción
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localcuencanewses/5/5/16
miércoles 24 de mayo de 2017, 12:20h

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Consciente del importante papel desempeñado por los agentes de Empleo y Desarrollo Local en los distintos municipios de la provincia, la Diputación de Cuenca, a través del Patronato de Desarrollo Provincial, ha sacado un año más la convocatoria de ayudas para Ayuntamientos destinadas a sufragar parte de los gastos de personal derivados de la contratación de estos agentes y los gastos de desplazamiento cuando éstos tengan varias localidades dentro de su área de actuación.

 

En concreto, con estas ayudas por un importe total de 55.000 euros, cuya convocatoria se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia, se subvencionará con un máximo de 2.750 euros por beneficiario y año natural los gastos salariales y de Seguridad Social de los agentes de Empleo contratados a jornada completa. En caso de que dicha contratación fuera a tiempo parcial, la cuantía de la ayuda será proporcional a la jornada efectivamente trabajada.

 

Asimismo, se subvencionará con un máximo de 1.630 euros por beneficiario y año natural los gastos de kilometraje de aquellos agentes de Empleo que tengan en sus respectivas áreas de actuación varios municipios y cuyos desplazamientos sean imprescindibles para el desarrollo de su actividad.

Igualmente, en el caso de que el agente de Empleo realice desplazamientos derivados de las iniciativas o actividades propuestas por el Patronato de Desarrollo Provincial y que sean debidamente autorizados por éste, dichos desplazamientos serán por cuenta del propio Patronato.

Los municipios o entidades locales interesados disponen de un plazo de 30 días naturales, contados a partir de este jueves, 25 de mayo, para presentar la correspondiente solicitud, de manera preferente, en el Registro General del Patronato de Desarrollo Provincial, en horario de 9 a 14 horas o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Indicar, por último, que el pago de la subvención para financiar los costes salariales se realizará en dos plazos tras el acuerdo de concesión de la ayuda: uno del 80% una vez cumplidos los requisitos establecidos en el decreto de concesión y otro del 20% restante una vez presentada la documentación justificativa exigida.

Plazos éstos que varían en el caso de los gastos de kilometraje, puesto que, según estipula la convocatoria, éstos se abonarán trimestralmente dentro del mes siguiente a la finalización del trimestres correspondiente; eso sí, previa justificación.

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