El Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) aprobó en su última reunión –celebrada el 28 de mayo- el nuevo Reglamento de Evaluación del Estudiante, el cual viene a modificar el ya vigente en la institución desde hace poco más de tres años.
El documento viene a garantizar a los estudiantes de grado y máster de la institución su derecho a ser evaluados de forma adecuada y objetiva, a partir de metodologías activas de enseñanza-aprendizaje; regula el desarrollo y calificación de las pruebas y, en su caso, el correspondiente procedimiento de impugnación; establece mecanismos de garantía para asegurar que las posibles sanciones se impongan con pleno respeto a la legalidad vigente, e impulsa los principios de coordinación que deben incidir en una mayor calidad de la docencia y en el rendimiento académico, así como la participación de centros y departamentos en la elaboración, coordinación y publicación de la programación docente.
Pero su aportación más notable es que recoge la evaluación por compensación curricular, o lo que es lo mismo, la posibilidad excepcional de aprobar una asignatura de carácter obligatoria o troncal ante la imposibilidad de haberla superado por los medios ordinarios de evaluación y siempre y cuando el interesado cumpla una serie de requisitos. La conocida como ‘compensatoria’ no se contemplaba en el Reglamento de Evaluación del Estudiante aprobado en febrero de 2011 y desde entonces era una de las principales reivindicaciones del colectivo estudiantil, así como uno de los compromisos de gobierno del rector, la cual será de aplicación en este mismo curso 2013-2014.
Los alumnos de Grado que soliciten la evaluación por compensación deberán, al menos, haber cursado el cincuenta por ciento de la carga lectiva de su titulación en la UCLM, faltarles una asignatura para finalizar los estudios, haberse examinado de la materia para la que se solicita la ‘compensatoria’ un mínimo de dos convocatorias y estar matriculados de la asignatura y calificados en la convocatoria para la que piden compensación con una nota distinta de cero.
El texto excluye de la evaluación por compensación a aquellas asignaturas de más de 12 créditos ECTS y a los créditos del prácticum, trabajos fin de grado, reconocimiento de estudios de idiomas (B1) y prácticas externas o asignaturas equivalentes. También queda restringido a los alumnos sancionados por una falta grave o menos grave con resolución firme.
Los estudiantes que cumplan tales requisitos tendrán que dirigir la solicitud al responsable del centro en el que cursan sus estudios, durante los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de entrega de las actas de la convocatoria oficial, y en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la finalización del periodo de presentación de solicitudes se resolverá su petición. Si el acuerdo es positivo, la asignatura será calificada con un 5 a efectos del expediente académico.
Junto a la ‘compensatoria’, el documento incluye también otros puntos que aclaran la asignación de competencias a los profesores coordinadores o las posibles consecuencias de la regulación de la realización fraudulenta de las pruebas de evaluación.