La Confederación de Empresarios de Cuenca ha notificado a sus asociados las principales novedades relativas a este tema, que están recogidas en el Real Decreto Ley 8/2014, por el que se introducen medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
CEOE CEPYME Cuenca, a través de su Departamento Jurídico, informa a sus asociados de las novedades fiscales referidas a retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de actividades profesionales.
Estas medidas se incluyen en el Real Decreto Ley 8/2014 de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que se publicó el pasado 5 de julio en el Boletín Oficial del Estado y que tiene por objetivo mejorar y asentar el crecimiento económico de nuestro país.
La Ley 8/2014 modifica el porcentaje de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos derivados de actividades sociales, de tal forma que a partir del 6 de julio de 2014, este porcentaje pasó a ser del 15%, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos.
Requisitos
Tal y como establece la norma, el volumen de rendimientos íntegros de las actividades profesionales en el ejercicio anterior deber ser inferior a 15.000, y además, dichos rendimientos deben representar más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.
Será obligatorio comunicar al pagador de los rendimientos la concurrencia de dicha circunstancia, quedando obligado el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada, y el porcentaje fijado se reducirá a la mitad cuando los rendimientos tengan derecho a la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.