La Asociación Provincial de Empresarios del Transporte de Mercancías por Carretera de Cuenca y la Asociación Provincial de empresas de Transporte Interurbano y Discrecional de Viajeros de Cuenca apuntan que desde del uno de enero se tiene que disponer de los equipos informáticos necesarios y de un certificado electrónico.
ACUTRANS y ACUTRAVI indican la obligación que tienen las empresas de transporte de contar con dirección y firma electrónica, así como de los equipos informáticos necesarios desde el pasado uno de enero.
Así, la Ley de Ordenación del Transporte Terrestres en su artículo 56 señala que las comunicaciones entre los órganos administrativos para otorgar autorizaciones y habilitaciones contempladas en esta ley se llevarán utilizando únicamente medios electrónicos.
Asimismo, esta misma Ley señala el otorgamiento de autorizaciones de transporte público estará condicionado a que la empresa solicitante disponga de dirección y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documenta a distancia el contrato y otras formalidades con sus clientes.
Del mismo modo, la Dirección General de Carreteras y Transportes del Gobierno Regional se puso en contacto con ACUTRANS y ACUTRAVI para recodar la aplicación de las normas relativas a la administración electrónica.
Obligación
Por todo ello, es necesario que toda solicitud de autorizaciones, visados o habilitaciones y la presentación de toda documentación adicional, así como la documentación de expedientes sancionadores podrá hacerse únicamente por medios electrónicos. Igualmente las notificaciones que realice la administración a la empresa, también serán por esta vía.
Por todo ello la empresa debe disponer de certificado electrónico que debe estar incluido en la lista de confianza de prestadores de servicios certificaos del Ministerio de Industria, Energía, Turismo y Agenda Digital https://sedeaplicaciones2.minetur.gob.es/prestadores y para mayor información y solicitar el certificado puede consultar la web.
Otra opción es realizar la tramitación y recibir las notificaciones por medio de un representante, pero para realizar estas solicitudes en nombre de la empresa ese representante debe estar previamente acreditado y formalizar su petición cumplimentando el formulario de otorgamiento/revocación de representación.