Esta medida consiguió el visto bueno del Congreso de los Diputados con 325 votos a favor, 10 en contra y dos abstenciones y también del Senado con 327 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones.
Novedades
Entre las novedades que presenta este nuevo este nuevo texto figura la nueva indemnización por paralización y la cláusula de revisión del precio del transporte en función del precio del gasóleo.
Por otro lado, también se incluye la obligación de pago al transportista en un plazo no superior a los 30 días, así como los límites de la indemnización como responsabilidad del transportista en caso de pérdida o avería.
Otro punto importante recogido en esta Ley del Contrato de Transporte es que las tareas de carga y descarga que se realicen siempre irán van por cuenta del cargador.
Transportistas, cooperativas de trabajo, cooperativas de transporte, sociedades de comercialización, operadores transitarios, almacenistas distribuidores y todos los que contraten transportes sólo podrán hacer este contrato en nombre propio, mientras que los socios de cooperativas de trabajo asociado dedicadas al transporte, sólo podrán contratar transporte en nombre de la cooperativa a la que pertenecen.