Con el cambio de gobierno municipal producido tras la celebración de elecciones locales, en mayo del 2011, se da la circunstancia de que el GMS pasa a asumir el doble papel de demandante y demandado. El GMS, que en su condición de Grupo en la Oposición había recurrido sistemáticamente las decisiones del Ayuntamiento en materia de personal, pasa ahora a tomar decisiones como Administración demandada, en su nuevo papel de Grupo en el Gobierno.
En esta tesitura, el Alcalde aprovecha la situación para realizar las siguientes actuaciones:
1.- A pesar del Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, denegando la suspensión de los procesos selectivos solicitada como “medida cautelar” por el GMS, el Alcalde, el primer día hábil de su mandato, mediante la firma de dos Decretos, ordena la paralización de todos los procesos selectivos en curso. Dichas paralizaciones siguen en vigor en el momento presente, a pesar del pronunciamiento desestimatorio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cada uno de los recursos interpuestos por el GMS.
2.- El Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, mediante Decretos de la Alcaldía, acuerda “allanarse” en todos los juicios celebrados desde la toma de posesión del nuevo Alcalde hasta la fecha. Con esta actitud, deja en manifiesta indefensión a todos los opositores que, habiendo superado los procesos selectivos, estaban pendientes de resolución judicial, al igual que a los que esperaban la práctica de alguna de las pruebas de selección. Por esta razón, se han visto en la obligación de tener que costearse una defensa jurídica que en circunstancias normales habría corrido por cuenta de la Entidad municipal, como parte demandada.
3.- La discriminación a la que vienen siendo sometidos los trabajadores, se evidencia, entre otros, en el hecho de que, en todos los recursos interpuestos por el GMS contra las bases para la provisión de los correspondientes puestos de trabajo, los argumentos de la demanda resultan idénticos, independientemente del proceso en cuestión. Sin embargo y una vez conocida la identidad de las personas que han superado cada uno de los procesos celebrados –con nombre y apellidos-, el GMS procede a retirar los recursos en unos casos, manteniéndolas en otros; ello a pesar, como se ha dicho, de que las bases fueran exactamente iguales y los hechos demandados por el GMS fueran los mismos en todos los procesos. Para el GMS y para el Alcalde de Cuenca, en las mismas condiciones y bajo idénticas circunstancias, lo que en unos casos contraviene el Derecho en otras resulta decididamente legal, dependiendo, desde luego, de la persona de que se trate.
Vistas las actuaciones realizadas por el Alcalde desde su toma de posesión, resulta palmario el sectarismo, el uso a conveniencia del poder político y la discriminación hacia determinados opositores y trabajadores municipales, tomando decisiones arbitrarias y sin justificación jurídica que puedan respaldarle.
Lamentablemente, una vez más, tendrá que ser el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca el que asuma las consecuencias finales del atropello realizado por el Alcalde de Cuenca.